Cancelación a la afectación de vivienda familiar
En cualquier momento que los interesados tomen la decisión de cancelar la afectación a vivienda familiar lo pueden hacer mediante escritura pública, copia de la cual y con los respectivos certificados que expida la Notaría deben llevarlos la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos que corresponda a la ubicación del bien inmueble para su correspondiente inscripción.
· Si los dueños del bien inmueble afectado quieren venderlo pueden proceder en la misma escritura pública como primer acto a cancelar la afectación a vivienda familiar para lo cual deben comparecer ambos cónyuges o ambos compañeros según el caso y como segundo acto pueden proceder a vender, quién sea el titular del dominio.
Requisitos para la escritura de cancelación de la afectación a vivienda familiar:
· Fotocopia de las cédulas de ciudadanía de ambos esposos o compañeros.
· Certificado de Tradición y Libertad.
· Copia de la escritura por la cual son propietarios.
· Solicitar en la Notaría la elaboración de la misma.
NOTA: Si se va a cancelar la afectación y adicionalmente se va vender se debe cumplir adicionalmente con los requisitos señalados para el contrato de compraventa. Ver Trámite compraventa.doc
Para consultar los gastos notariales:
Consultar normatividad según resolución vigente.
Escribanos a los Correos: grupoenfincaraizcolombia@gmail.com Skype grupoenfincaraizcolombia síguenos en todas las Redes Sociales Grupoenfincaraizcolombia