Reparaciones
Locativas
Ofrecemos
el servicio reparaciones locativas en Bogotá y toda Colombia.
El
Código Civil, al referirse al contrato de arrendamiento, entiende como tales
las derivadas de la conservación del inmueble, la restauración de paredes,
reposición de vidrios y arreglo de puertas, ventanas y cerraduras.
La
norma urbanística, concretamente el Acuerdo 6 de 1990, tiene una noción más
amplia y general de esta obra, denominándola también reforma locativa. Define
el citado estatuto para el ordenamiento físico del Distrito Capital
Que reparación o reforma
locativa es el proceso de sanear o reparar una edificación, sin alterar su
diseño estructural y usos vigentes, sin que la obra pueda calificarse de
ampliación o modificación.
Mantenimiento
residencial que ofrece servicios de pintura exterior e interior,
impermeabilización, electricidad, plomería y fontanería, carpintería, herrería,
albañilería, jardinería y limpieza de cisternas y tinacos.
Obra Civil en la ciudad de Bogotá y alrededores
Nuestro portafolio de obra civil incluye, demoliciones,
sistema draywall, cubiertas, remodelaciones locativas y generales,
electricidad, plomería, construcciones generales.
CLASES DE LICENCIAS
Obra Nueva: es la autorización para desarrollar obras en un terreno
no construido.
Ampliación: es la autorización para aumentar el área construida en
edificaciones ya existentes que tengan licencia de construcción.
Adecuación: es la autorización para cambiar el uso de una edificación
o parte de ella, sin alterar la construcción original.
Modificación: es la autorización para cambiar el diseño
arquitectónico o estructural de una edificación ya existente sin aumentar el
área construida.
Restauración: es la autorización para desarrollar obras con el fin
de recuperar y adecuar una edificación declarada como bien de interés cultural
o parte de ella, manteniendo su uso original o permitiendo el desarrollo de
otro garantizando su conservación.
Reforzamiento: Se requiere para reforzar la estructura de un
inmueble con el objeto de acondicionarlo a niveles de seguridad sismo
resistente (Ley 400 de 1997).
Demolición: es la autorización para derribar total o parcialmente
una o varias edificaciones existentes en uno o varios predios. Esta modalidad
de licencia deberá tramitarse de manera simultánea con otra modalidad.
Cerramiento: es la autorización para encerrar de manera permanente
un predio de propiedad privada.
REQUISITOS
Para realizar la solicitud de
la Licencia de Construcción ante las Curadurías Urbanas, usted debe hacer lo
siguiente:
1. Reúna
los siguientes documentos:
•Formulario Único Nacional
para la solicitud de licencias urbanísticas, debidamente diligenciado.
•Certificado de Tradición y
Libertad del Predio expedido por la oficina de instrumentos y registro público
con fecha de expedición menor a un mes.
•Fotocopia de la cédula de
ciudadanía del titular de la licencia, si el solicitante es persona jurídica se
debe aportar el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido por
la Cámara de Comercio, no superior a un mes.
•Si actúa a través de
apoderado debe aportar el debido poder.
•Copia del documento que
acredite el pago del impuesto predial durante los últimos 5 años o copia del
Acuerdo de Pago donde conste el cumplimiento del pago.
•Plano de localización e
identificación del predio (Plano de loteo) el cual lo puede solicitar a través
de la Planoteca de la Secretaría Distrital de Planeación.
•Relación de las direcciones
de los predios colindantes.
Manifestación escrita, bajo la
gravedad de juramento, que el proyecto objeto de estudio pertenece a un
programa de Vivienda de Interés Social V.I.S. cuando el mismo cumpla con estos
requisitos.
2. Adicional a los anteriores
requisitos para cada tipo de licencia, se requerirá alguno de los siguientes
documentos específicos.
•Copia, en medio impreso y
magnético, del proyecto arquitectónico elaborado de conformidad con las normas
urbanísticas y arquitectónicas, debidamente firmado por el arquitecto,
proyectista y el titular de la solicitud.
•Copia de la memoria de los
cálculos estructurales, de los diseños estructurales, de las memorias de otros
diseños de los elementos no estructurales y de los estudios geotécnicos y de
suelos que sirvan para determinar la estabilidad de la obra, elaborados de
conformidad con la norma sismo resistente, firmados por los profesionales
facultados para este fin.
•Concepto favorable sobre la
intervención propuesta expedida por el Ministerio de Cultura, o de alguna de
las filiales de los concejos de monumentos nacionales o por la SDP, cuando el
objeto de la licencia sea un inmueble o bien de interés cultural.
•Si el inmueble objeto de la
solicitud de licencia está sometido al régimen de Propiedad Horizontal deberá
anexar acta de la asamblea de copropietarios o del documento que haga sus veces
autorizando la intervención, según lo disponga el respetivo reglamento.
Copia de las matrículas de los
profesionales que intervienen en la elaboración del proyecto y en su trámite.
•Cuando la solicitud de
licencia sea para adelantar las intervenciones de adecuación, ampliación,
modificación, cerramiento y reforzamiento estructural deberá anexar copia de la
licencia original del inmueble con los respectivos planos aprobados.
CURADURÍAS URBANAS EN BOGOTÁ
Curador Urbano No. 1
Arq. JUAN REYNALDO SUAREZ
MEDINA
Calle 95 No. 23-20 Tel.
601-0099
Curador Urbano No. 2
Arq. ALVARO ARDILA CORTES
Calle 99 No. 10-32 Tel.
257-8638
Curador Urbano No. 3
Arq. ADRIANA LOPEZ MONCAYO
Calle 97 No. 13-55 Tel.
635-3050
Curador Urbano No. 4
Arq. NOHORA CORTES CUELLAR
Autopista Norte No. 97-50 Tel.
601-4444
Curador Urbano No. 5 (E)
Arq. JUAN REYNALDO SUAREZ
MEDINA
Autopista Norte No. 97-80 Tel.
616-6095
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