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CONOZCA Y SÁQUELES MÁS PROVECHO A LOS REMATES JUDICIALES

LOS PRECIOS DE LOS INMUEBLES QUE SE REMATAN EN LOS JUZGADOS PUEDEN SER INFERIORES HASTA EN UN 70 POR CIENTO COMPARADO CON EL PRECIO COMERCIAL. VEA CÓMO FUNCIONA ESTE NEGOCIO. LOS REMATES SON UNA BUENA OPCIÓN PARA ADQUIRIR VIVIENDA MÁS BARATA. TOMADO DE PORTAFOLIO.CO




CONOZCA Y SÁQUELES MÁS PROVECHO A LOS REMATES JUDICIALES
Los precios de los inmuebles que se rematan en los juzgados pueden ser inferiores hasta en un 70 por ciento comparado con el precio comercial. Vea cómo funciona este negocio.
LOS REMATES SON UNA BUENA OPCIÓN PARA ADQUIRIR VIVIENDA MÁS BARATA.
Los inmuebles que van a ser rematados judicialmente son una de las opciones más apetecidas por inversionistas, que buscan altas rentabilidades, y por personas interesadas en busca de un hogar. Los precios de los bienes pueden estar hasta un 70 % por debajo de los valores comerciales. Aprenda cómo hacerlo.
Para los compradores, los precios bajos son la mejor alternativa, al igual que muchas familias interesadas en tener una vivienda ‘sueñan’ con encontrar bienes a ‘precio de huevo’.
En este caso, los remates son una excelente oportunidad porque usted podrá adquirir una propiedad a un precio mucho menor que si la comprara en el mercado inmobiliario.
La adquisición de un inmueble por vía de remate judicial es una buena opción por precio y variedad, pues el avalúo que hace el juzgado no es el mismo que realiza un perito avalador experto.
Según expertos en el tema, los precios de los inmuebles que se rematan en los juzgados pueden ser inferiores hasta en un 70 por ciento comparado con el precio comercial.
El portal web estima que mensualmente se llevan a cabo 400 remates en todo el país.
Cundinamarca, incluyendo a Bogotá, es el departamento que lidera las ofertas con un poco más del 50 %. Le sigue Antioquia, Valle del Cauca, Santander y Tolima.
Este negocio puede ser una excelente oportunidad para tener su hogar o simplemente como inversión, pero es importante saber en qué consiste, los trámites que debe realizar y cómo no dejarse embaucar.
¿Qué es un remate?
Los juzgados subastan públicamente los bienes (casas, apartamentos, lotes, bodegas, automóviles, etc.) de deudores que, después de un proceso judicial, no cancelaron sus obligaciones con instituciones crediticias.
En las subastas se fija el precio de los bienes en un nivel inferior del valor comercial de la propiedad.
No resulta importante que el precio sea menor, pues el fin del acreedor (banco) es recuperar parte de los recursos que le prestó a un deudor, quien no cumplió con los pagos acordados.
Por lo tanto, un juez ordena vender judicialmente esos bienes que estaban ‘atados’ como garantía de pago.
Aunque el procedimiento puede llegar a ser engorroso debido a que se requiere llevar a cabo una serie de pasos, 
Lo anterior no necesariamente debe ser un motivo para desanimarse, los remates pueden llegar a ser una buena opción para comprar vivienda o para invertir.
PASO A PASO
Portafolio.co se dio a la tarea de consultar a Camilo Úsuga, un asesor con la finalidad de hacer una guía para los interesados en este tipo de negocio.
Antes que nada, resulta importante mencionar que algunos remates pueden verse en los periódicos regionales y nacionales.
Adicionalmente, se recomienda tener un asesor experto en temas inmobiliarios. También será necesario que un conocedor del tema revise los aspectos físicos y financieros con el fin de estar seguro que el negocio sea viable.
1. Visite el lugar. Úsuga considera que en primer lugar hay que analizar si el tiempo que falta para el remate es suficiente para corroborar toda la información sobre el inmueble y hasta si tiene el dinero en su billetera.
“Es necesario decirle a los interesados que los negocios deben hacerse bien, no hay afán de hacer malos negocios”, añade el especialista en remates.
2. Conozca lo que va a comprar. Un juez es el encargado de fijar el precio del inmueble, que por lo general utiliza como referencia el avalúo catastral. Según el artículo 52 de la ley 794 de 2003, al valor catastral se le incrementa un 50 % para calcular el precio.
Sin embargo, Úsuga sugiere que el precio inicial de la subasta es inferior entre un 40 % y 70 % del precio catastral.
“Aunque los precios suelen ser generalmente bajos, hay que advertir que los precios muy bajos pueden ser engañosos. Por lo tanto, una advertencia es que el interesado revise los factores que desvalorizan el bien. Por ejemplo, debe mirarse la propiedad por fuera para evaluar cuánto dinero debe invertirse para hacer las reparaciones necesarias”, explica el asesor.
3. Revise el pasado de la propiedad. Úsuga recomienda verificar que no existan demandas adicionales por otro tipo de deudas. En este caso, se puede pedir ante el juzgado la carpeta que contiene todos los documentos del bien.
4. Cerciórese que no hayan deudas adicionales. Habitualmente el propietario moroso también incumplió sus obligaciones con las empresas de servicios públicos o con la administración del edificio.
“Detecte que no hayan deudas relacionadas con el pago de valorización e impuestos. Así mismo, pregunte en las empresas de servicios públicos si existen sanciones pendientes por ruptura de sellos, pues en ocasiones son sumas considerables”, indicó el asesor en remates.
Al llegar a este punto, usted tiene los elementos necesarios para decidir si pujara por el remate o no: sume las deudas y el dinero que se le irá en reparaciones, y este valor compárelo con el precio comercial. De sus intereses depende si el negocio es bueno o no.
“Una aclaración importantes es que si usted paga con un cheque de gerencia, el título judicial solo se expide después del tercer día hábil, mientras que si paga en efectivo, el título suele estar al día siguiente”, aconseja Camilo Úsuga.
5. Puntualidad en la cita.  La cédula de ciudadanía o un amplio poder autenticado en notaría.
6. Terminar de pagar. Usted tiene  días hábiles para consignar lo que hace falta. Tenga en cuenta que debe cancelar en efectivo y el juzgado no recibe cheques. Además, tiene que estar preparado para desembolsar dinero 
¿Y si no ganó?
Pida el reembolso mediante un oficio dirigido en el que pide que le regrese el monto del título. No pueden cobrarle ningún impuesto ni hacerle descuentos.
Sebastián Rojas
Portafolio.co


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